Adherir a los lineamientos generales de la Resolución Nº 485/2020-R. dictada por el Sr. Rector de la Universidad Nacional de Cuyo, Ad Referéndum del Consejo Superior, con las adecuaciones formales a las necesidades de esta Unidad Académica, reservando a la autoridad su implementación.
Prorrogar las medidas adoptadas por la Resolución N° 036/2020 de Decano Ad Referéndum del Consejo Directivo y declarar como inhábiles administrativamente los días de los períodos comprendidos entre el VEINTISIETE (27) y el TREINTA (30) de abril y desde el CUATRO (4) al OCHO (8) de mayo de 2020, inclusive, en beneficio de los administrados, sin perjuicio de la validez de los actos que hayan debido realizarse, dictarse, o a dictar, en tales períodos.
Suspender todos los plazos y procedimientos administrativos en el período comprendido entre el VEINTISIETE (27) de abril y el DIEZ (10) de mayo de 2020, inclusive.
Dispensar el deber de asistencia a su lugar de trabajo desde el VEINTISIETE (27) de abril hasta el DIEZ (10) de mayo de 2020, inclusive, a todo el personal con prestación de servicio en el ámbito de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria, con independencia de su situación de revista y modalidad de vinculación jurídica, siempre que no revista en áreas funcionales, esenciales o críticas, procurando la realización del trabajo en forma remota o teletrabajo, cuando la naturaleza de las funciones lo admita, dentro del marco de buena fe y colaboración laboral que rige la relación jurídica.
Dar continuidad al trabajo virtual o teletrabajo en el ámbito de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria, para asegurar el cumplimiento de la educación no presencial, de servicios esenciales y de tareas administrativas, durante el período comprendido entre el VEINTISIETE (27) de abril y el DIEZ (10) de mayo de 2020, inclusive.
Instar al Personal Docente, al Personal de Apoyo Académico, a los Estudiantes y a los Egresados, a asumir la responsabilidad social con compromiso y solidaridad que esta situación de emergencia requiere.