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Convocatoria a becas de investigación

Estimados Directores de Proyectos y Becarios: La Secretaría de Ciencia y Técnica comunica que se encuentra abierta la CONVOCATORIA A BECAS DE INVESTIGACIÓN INSTITUCIONALES

29 de marzo de 2017, 09:13.

imagen Convocatoria a becas de investigación

Reglamento General

ARTÍCULO 1º.-  Se llama a concurso de DIEZ (10) Becas de Investigación, para alumnos que hayan cursado el 60% del plan de estudios de cualquiera de las carreras de la Facultad de Ciencias Aplicadas y egresados con no más de CINCO (5) años en esta condición.

ARTÍCULO 2º.-  La beca tendrá una duración de OCHO (8) meses con un monto de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) por mes.

ARTÍCULO 3º.- Tendrán prioridad aquellos aspirantes cuyo plan de trabajo se desarrolle en el marco de un proyecto de investigación que no cuente con becarios SeCTyP o EVC-CIN

ARTÍCULO 4º.- Los aspirantes a becas deberán presentar un plan de trabajo, aprobado por su director, que esté relacionado con alguna de las líneas de investigación que se desarrollan en la unidad académica.

ARTÍCULO 5º.- El período de convocatoria para la presentación de los postulantes se establece entre el 21 y el 31 de marzo de 2017

ARTÍCULO 6º.- La evaluación y adjudicación de las becas estará a cargo de la Secretaría de Ciencia y Técnica.

ARTÍCULO 7º.- Los formularios de solicitudes de becas estarán a disposición de los interesados en la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria.

ARTÍCULO 8º.- Las solicitudes debidamente cumplimentadas se recibirán en la Secretaría de Ciencia y Técnica. Sólo serán consideradas aquellas que reúnan todas las condiciones de la convocatoria.

ARTÍCULO 9º.- Los aspirantes a beca deben estar disponibles para entrevistas personales con miembros del Consejo Asesor de la Secretaría de Ciencia y Técnica durante el período de preselección.

ARTÍCULO 10º.- Los adjudicatarios de becas de investigación deberán cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones:

  •  Trabajar integrado a un proyecto de investigación de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria y cumplir con el plan de trabajo propuesto.
  •  Presentar un informe final del trabajo de investigación dentro de los TREINTA (30) días de la finalización de la beca, refrendado por su Director.
  •  No desvincularse del proyecto por un tiempo superior a TREINTA (30) días.
  •  Tener una carga horaria promedio entre 4 y 6 horas semanales.

ARTÍCULO 11º.-  En caso de que el becario haga abandono de sus obligaciones sin justificación se suspenderá la beca en forma automática. El Consejo Asesor de la Secretaría de  Ciencia y Técnica podrá proponer algún tipo de sanción.

ARTÍCULO 12º.- Los directores de becarios de investigación deberán cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones:

  •  Ser docente investigador de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria – Universidad Nacional de Cuyo a cargo de la dirección o codirección de un proyecto de investigación vigentes (Proyectos 2016- 2018, o Proyectos de Programa 2015-2019), que se desarrolle en la mencionada institución. El becario podrá contar con un codirector que tendrá iguales obligaciones que el director de beca.
  •  Manifestar la aceptación del becario y conocer este reglamento, cumplir y hacer cumplir todas las disposiciones que le atañen y supervisar el cumplimiento de las que correspondan al becario, comunicando a la Secretaría de Ciencia y Técnica cualquier incumplimiento.
  •  Supervisar las actividades de formación e investigación del becario y realizar las funciones de orientación y apoyo que resulten pertinentes, de manera de lograr el cumplimiento de los objetivos previstos.
  •  Brindar a la Secretaría de Ciencia y Técnica toda la información que se le solicite con relación al desempeño del becario y supervisar los informes de avance y final presentados por este a la Secretaría de Ciencia y Técnica.
  •  Realizar y/o apoyar las gestiones que resulten pertinentes para que en el lugar de trabajo se le proporcione al becario los elementos necesarios para el desarrollo de su plan de trabajo y demás actividades que correspondan.
  •  Informar a la Secretaría de Ciencia y Técnica sobre el desempeño del becario dentro de los TREINTA (30) días de finalizado el período por el cual se le otorga la beca.
  •  El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ordenanza implicará para el Director ser pasible de la suspensión del programa de becas.


A continuación se adjuntan formularios a presentar
Para mayor información y retirar solicitudes dirigirse a Secretaría de Ciencia y Técnica FCAI.


 

Formularios a presentar

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