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Condiciones excepcionales para obtención de regularidad

El Consejo Directivo de la FCAI resuelve, modificar con carácter de excepcionalidad y mientras dure la situación de emergencia sanitaria provocada por la Pandemia en relación con el Coronavirus COVID-19, las condiciones de regularidad de los espacios curriculares que incluyan instancias de formación práctica de carácter imprescindiblemente presencial.

imagen Condiciones excepcionales para obtención de regularidad

Para obtener la regularidad de tales espacios se exigirá a los estudiantes cumplir con los requisitos establecidos para el desarrollo de la instancia virtual. De esta manera el estudiante adoptará la denominación de “REGULAR Complemento Formación Práctica Pendiente 2020” (CFPP-2020) y se generará el registro del Espacio Complementario correspondiente que pueda ser desarrollado y aprobado posteriormente en forma separada. 
Establecer que la regularidad otorgada habilitará al estudiante tanto a la inscripción para el cursado de espacios correlativos posteriores como a rendir el examen final correspondiente al espacio regularizado.

El registro de los Espacios Complementarios de Formación Práctica Pendientes (ECFPP) se realizará en el sistema de información SIU-GUARANI, en base a la presentación de la programación realizada por el responsable del espacio curricular, avalada por el Departamento de Espacios Curriculares Afines correspondiente.

La programación de los Espacios Complementarios deberá incluir la planificación de contenidos, carga horaria no superior a QUINCE (15) horas y condiciones de aprobación del espacio práctico, la cual deberá realizarse en forma promocional. Con carácter de excepción los Departamentos de Espacios Curriculares Afines podrán autorizar la ampliación de la carga horaria hasta VEINTE (20) horas, en los casos debidamente justificados. 

El registro de las regularidades como la generación de los Espacios Complementarios de Formación Práctica de espacios curriculares correspondientes al segundo semestre deberán realizarse en la fecha prevista según el Calendario Académico vigente. Los espacios curriculares del primer semestre dispondrán como plazo máximo hasta el 30 de Setiembre de 2020 para el cumplimiento de lo establecido en la presente reglamentación.

Los Espacios Complementarios de Formación Práctica Pendientes formarán parte de los requisitos académicos del plan de estudio correspondiente y su aprobación deberá hacerse efectiva en un plazo no mayor de VEINTIUN (21) meses a partir de su implementación.

Texto completo en Ordenanza adjunta.

Ante cualquier duda o inquietud contactar a academi@fcai.uncu.edu.ar

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