Las autoridades de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria informan a Docentes Interinos que hasta el 31 de marzo del presente año tendrán tiempo de enviar su solicitud para acceder a la efectivización de sus cargos, si deciden optar por un nuevo régimen de concursos especiales. Resultado del acuerdo paritario firmado a finales del 2020 (entre la Comisión Negociadora de la Paritaria Particular por esta Universidad y la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Cuyo (FADIUNC-CONADU HISTORICA)) y que ratificó el Consejo Superior mediante Resolución 265/2020-CS. "Concurso Especial por Razones Extraordinarias Provocadas por la Pandemia del Covid-19"
A su vez el Rector mediante Resolución N° 100/2021-R (ad referéndum del Consejo Superior), dispuso publicar un Formulario online para que los interesados puedan postular al inicio del procedimiento de convocatoria CEREP.Cov.
En el Artículo N° 2 de mencionada Resolución Interpreta que, de la normativa vigente (Res. 265/2020-C.S.) y de los principios jurídicos generales del plexo concursal universitario aplicables al presente Concurso Especial, deben considerarse las siguientes condiciones mínimas para el inicio del procedimiento concursal especial:
- El cargo a concursar debe estar previsto en la planta docente permanente de la respectiva Unidad Académica o Instituto, aprobada por el Presupuesto vigente de la Universidad.
- El nombramiento del docente en el cargo genuino a concursar debe ser de carácter interino. Por tanto, se excluye de la participación en el Concurso Especial a los docentes o auxiliares de docencia efectivos y a los docentes o auxiliares reemplazantes.
- Es requisito contar con una antigüedad como docente interino en el cargo a concursar de al menos dos (2) años al 31 de marzo de 2021.
- Se deben haber realizado tareas docentes frente a estudiantes (actividad áulica), de manera virtual o remota, durante el año 2020.
- El Concurso Especial deberá será abierto a la organización académica mayor que exista en la respectiva UUAA o Instituto (Área - Departamento - Cátedra). Sólo será abierto a la Cátedra cuando no existan Áreas o Departamentos.
El cumplimiento de estos requisitos, por parte del/de la postulante, será evaluado por la Secretaría Académica de cada UUAA o Instituto, para luego, de corresponder, dar comienzo al proceso de apertura del CEREP.Cov mediante resolución del respectivo Consejo Directivo, o Consejo Académico, según corresponda.